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Cabe la retroactividad en el fallo constitucional según jurista

Ramiro Guerra M.

La ex juez, Marcela de Antinori, señaló en un video, que las sentencias de la Corte Suprema de justicia, si pueden tener efecto retroactivo. Explica, cuando en el fondo se está en juego bienes fundamentales del estado como la soberanía, el orden público y siendo la Corte Suprema de justicia, la que tutela el orden constitucional, su guarda, como no hacer retroactivo una sentencia constitucional a hechos y efectos anteriores al fallo, que violentaron la integridad del estado y nación. Además, en la doctrina constitucional, se ha señalado que, si bien el tema de ley corresponde al órgano legislativo, el órgano judicial, se reserva un espacio, aunque relativo, de crear normas jurídicas. Hay jurisprudencia sobre el tema.

En consecuencia, compartimos la tesis de la magister de Antinori, en el sentido que en fallo de inconstitucionalidad de la ley 406, cabe darle el carácter de retroactivo.

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