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El Histórico veto del presidente a los historiadores.|


Por: Enrique Avilés

La pregunta que queda en el aire, luego que el Presidente Laurentino Cortizo le negase con este veto la oportunidad a los historiadores de participar formalmente en el desarrollo cultural desde el sector público, aduciendo que la Idoneidad para nacionales y la creación de una junta técnica eran una barrera para el desarrollo de la disciplina es: ¿Cómo el resto de las profesiones con leyes de idoneidad y consejos técnicos para su aplicación han desarrollado sus disciplinas con total satisfacción?  ¿Acaso hay profesiones de segunda clase que no merecen reconocimiento semejante y la de historia es una de esas? O es la idea central desde el ámbito estatal frenar la protección del mercado laboral con prioridad para nacionales, cosa que es responsabilidad prioritaria de la gestión gubernamental, independiente del partido político que la dirija. El mensaje alude que esa junta técnica no daría idoneidad para extranjeros, por lo que hay que preguntarse si se gobierna para extranjeros o para nacionales.

En Panamá si no soy exacto existen 56 profesiones reguladas que guardan la premisa antes mencionada. Paso a detallarles algunas:

Las siguientes carreras están reservadas por ley para la mano de obra panameña: Enfermería (Ley 1 de 1954), Barbería y Cosmetología (Ley 4 de 1956), Odontología (Ley 22 de 1956), Arquitectura (Ley 15 de 1959), Ciencias Agrícolas (Ley 22 de 1961), Farmacia (Ley 24 de 1963), Quiroprácticos (Decreto 8 de 1967), Nutrición (Decreto 362 de 1969), Medicina (Decreto 196 de 1970), Psicología (Ley 56 de 1975), Asistente Médico (Decreto 32 de 1975), Contabilidad (Ley 57 de 1978), Periodismo (Ley 67 de 1978), Laboratoristas (Ley 74 de 1978), Relaciones Públicas (Ley 37 de 1980), Fonoaudiología, terapistas y similares (Ley 34 de 1980), Economía (Ley 7 de 1981), Trabajo Social (Ley 17 de 1981), Medicina Veterinaria (Ley 3 de 1983), Fisioterapia (Ley 47 de 1984), Radiología Médica (Ley 42 de 1980), Derecho (Ley 9 de 1984), Asistente Dental (Ley 21 de 1994), Sociología (Ley 1 de 1996), Química (Ley 45 de 2001), Educación en las asignaturas Historia, Geografía y Cívica (Ley 47 de 1946) y todas las ingenierías (sin excepciones).

Obviamente que estas profesiones regulan su idoneidad dando prioridad a los nacionales en su ejercicio, pero no le cierran las puertas al profesional extranjero en la participación docente universitaria tanto pública como privada. Todas tienen Juntas técnicas o profesionales que  vigilan y certifican que en efecto sus grados sean lo suficientemente pertinentes para desarrollar su actividad. Mi pregunta es: ¿ Tendrán en mente eliminar todas estas idoneidades porque tienen junta técnica y dan prioridad en el mercado laboral al panameño?  Pues lo único que me queda asegurar es que el veto a una idoneidad para los historiadores es un precedente nefasto para todas las profesiones que indiscutiblemente augura aires de liberalización del ejercicio profesional a costa del panameño y a favor de intereses económicos que no necesariamente piensan en el bien común. Triste no ver como se sepulta el mercado laboral de los historiadores en museos, archivos y municipios. El veto es la verdadera barrera para el crecimiento de la disciplina y su acogida por las nuevas generaciones. Réquiem para el historiador y su labor cultural de consolidar la identidad y memoria desde estos miradores.

El autor es historiador profesional.

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