Por: Ramiro Guerra M. Abogado y Cientista Político.
Lo anterior es aún más grave, cuando un gobierno, en nombre del estado, suscribe un contrato, sea de naturaleza comercial o civil, con una parte que no es sujeto de derecho público y está impone condiciones onerosas y abusivas.
De qué manera se puede considerar el o los contratos que se han suscrito entre la poderosa empresa farmacéutica Pfizer, para suministro de vacunas contra el covid, de naturaleza experimentales, pero donde se le releva de la obligación de resarcir perjuicios que este producto para ocasionar a la población.
Lo anterior, es aún más grave para el estado comprador(Panamá), dado que trasciende a la eficacia de normas supremas (constitucionales) afectándose un aspecto fundamental de la soberanía, como lo es la del monopolio del ejercicio jurisdiccional al igual que la dispensa de una tutela judicial efectiva a los que pudieran sufrir una lesión o daño a su salud.
Lo anterior, viene a dar cuenta, que el contrato suscrito entre el estado y la farmaceútica mencionada y otras, con su cláusula de no obligación de resarcir daños que pudiera generar tales vacunas, por parte de estas empresas, es leonina, abusiva e indigna y somete al estado panameño , a una especie de sujeto con voluntad soberana mermada y sobre todo en lo concerniente a la jurisdicción y el derecho a una tutela efectiva de la justicia panameña. Se trata de un tema, que no ha sido objeto de análisis por los profesionales del derecho.
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