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«El Plan De Cierre De La Mina Y El Arbitraje»

Por: Ing. Joaquín Medrano

Ante el fallo de la Corte Suprema de Justicia y el inminente cierre de la Mina que ha venido explotando Minera Panamá, S.A. es necesario analizar la conveniencia que dicho Plan de Cierre sea efectuado por Minera Panamá, S.A. o el Estado Panameño, dada la premisa establecida que quien realiza daños al ambiente ecológico de una determinada zona es responsable de realizar las labores de restauración ambiental aceptable al ecosistema, sin embargo, estamos frente a un gran dilema consistente en que la empresa minera expone que las labores para efectuar el referido Plan de Cierre le tomarán 5 a 10 0 más años y que para sufragar los gastos de esas actividades requiere reiniciar los procesos de extracción, exportación y comercialización de los minerales metálicos. Dónde queda en entredicho cual será el pago que se le otorgará a Panamá, la forma de determinar los tipos, cantidades y precios de los minerales que se exportarán, si no se tiene un contrato que autorice los procedimientos a seguir, existe también mucha desconfianza y rechazo por parte de la gran mayoría del Pueblo Panameño para que Minera Panamá continúe en las labores de operación mineras y se exige que el Plan de Cierre termine cuanto antes.

La condición existente que Minera Panamá, S.A. está sin contrato para operar la Mina, brinda la oportunidad que el Estado Panameño intervenga la referida empresa y qué con la asignación de un Equipo Técnico designado por el Gobierno Panameño, apoyado con personal contratado que tengan probadas experiencias en labores de Cierre de Mina y demás requerimientos, se proceda a realizar todas las etapas necesarias sin dilatación para culminar cuanto antes este proceso de cierre. Dónde con la participación de ese equipo designado por el Gobierno Nacional y que para gozar de la credibilidad y aceptación del Pueblo Panameño debe de ser previamente consensuado con los grupos que adversaron el contrato ley 406, nos puede permitir adquirir importantes elementos probatorios para ser utilizados en el Juicio de Arbitraje que ha presentado First Quantum en los EEUU.

Durante el tiempo que el Equipo panameño operen los procesos mineros de extracción y exportación se podrán comprobar los tipos de minerales y cantidad de los mismos que contienen las diferentes muestras que se obtengan, basados en los (%) porcentajes de los diversos minerales metálicos por muestras evaluadas en función del volumen o peso, dónde finalmente después de una cantidad considerable y adecuada de muestras se obtendrá un valor promedio estandarizado que nos puede conducir a la determinación estimada de las cantidades de materiales sacados y exportados hacia otros países, por lo cual de resultar una cifra muy diferente a la que estuvo reportando Minera Panamá, S.A. representa una prueba de Lesión Patrimonial, Estafa o Robo del Patrimonio Panameño y que de hecho puede representar un testimonio de gran valor en el Juicio de Arbitraje, dado que existió actos de Corrupción y Robos los cuales son severamente penados por las leyes internacionales contempladas en los tribunales de arbitraje correspondiente.

Resulta sumamente importante los resultados que se obtengan en el periodo expuesto de Cierre de la Mina administrada por el Estado Panameño, puesto que en el evento que los tipos de minerales y las cantidades que fueron reportados por Minera Panamá, S.A. sean relativamente cercanos a los resultados que se obtendrán, estos indicadores confirmarán contundentemente como la mejor decisión la medida de suspender totalmente la operación de esa Mina ubicada en el Distrito de Donoso, como también las otras concesiones aprobadas en el resto del país, debido a que los beneficios que obtiene el país son relativamente bajos en función de los enormes daños causados al ecosistema ambiental panameño y sus repercusiones a largo plazo por la falta de recursos para su mitigación.

Sin embargo, en el escenario que los resultados de los tipos de minerales y las cantidades que se obtengan como promedio de los mismos, bajo la administración ejecutada por el Estado Panameño, sean significativamente mayores a los reportadas por Minera Panamá, S.A., entonces adicional al hecho de brindarnos un importante elemento probatorio para el Juicio de Arbitraje que se estará realizando en los EEUU, resulta sumamente conveniente analizar cómo pais la decisión que tomemos en torno y precisamente con esa Mina la cual en el momento actual se encuentra en las condiciones de total operación. En este aspecto debemos de tomar en cuenta la información aportada recientemente por el licenciado Juan Diego Vásquez, en la cual expuso que la empresa First Quantum en su portal de Internet informaba que el yacimiento total de cobre de la mina ubicada en el Distrito de Donoso, en la república de Panamá, tiene un peso aproximado a tres mil millones de toneladas de cobre, cuyo valor en ese momento era de 8,242.00 dólares por tonelada, dando como resultado que el valor económico global de ese yacimiento ascendía a $24.726 millones de millones de dólares. Cifra ésta que por lo astronómica en lo financiero resulta muy importante hacer algunos razonamientos porque puede representar un antes y después de las condiciones de bienestar económico y social de los integrantes de la nación panameña.

En ese orden de ideas y asumiendo que el Estado Panameño decidiera en su conjunto realizar la explotación de ese valioso recurso mineral que tenemos en esos sitios, y que por la enorme cantidad del referido yacimiento nos tomase 100 años para completar su total explotación, resultaría que se obtendrían un promedio anual de ingresos estimados de 247.26 mil millones de dólares. Recursos estos que de ser ciertos los valores expuestos por la empresa minera First Quantum, pueden representar un cambio trascendental en el bienestar económico y la forma de vida de los que integramos la nación panameña, por lo cual resulta sumamente importante iniciar prontamente un diálogo entre los representantes del Ejecutivo del actual Gobierno Nacional, los representantes de los diversos grupos que han integrado el movimiento de oposición al contrato recién eliminado y los Candidatos que aspiran a presidir la dirección de nuestro país para mayo de 2024, dónde uno de ellos que resulte elegido tendrá la responsabilidad de defendernos cómo país en el Juicio de Arbitraje con First Quantum o Minera Panamá y en cumplir fielmente los acuerdos resultantes exigidos y deseados por el Pueblo Panameño.

Para lograr los objetivos de conformar un equipo que realice el Plan de Cierre administrado por el Estado Panameño es sumamente importante que nuestro Presidente y su Equipo de gobierno asuman el papel o función constitucional que le corresponde en la actual situación tan trascendental que nos encontramos, que no es cuestión de imponer intereses de grupos, se trata de lograr los objetivos como nación que beneficien a la mayoría del Pueblo Panameño, pero eso sólo se logrará con el diálogo y entendimiento consensuado entre los diversos grupos que conforman la sociedad panameña, en dónde dado el hecho que estamos en un periodo preelectoral y que dentro de pocos meses la administración pública cambiará totalmente, resulta fundamental que los aspirantes a la Silla Presidencial participen en esos diálogos en forma abierta, sincera, integra, sin posturas cínicas ni falsedades, a fin que se vuelva a restablecer la confianza necesaria que debe de existir entre Gobernantes y Gobernados.

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