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Origen y fundamentos de un estado de derecho disminuido.        

Otra vez acerca del exacerbado régimen presidencialista.

Por Ramiro Guerra M.  

Un repaso de las funciones y atribuciones que la carta magna, le asigna al ejecutivo y al presidente, resulta evidente que reserva para ellos, una cuota de poder fuerte. La constitución, cierto alude a la separación de los órganos del estado. Sin embargo resulta difícil, que la institucionalidad toda del estado, no sea susceptible de grados de mediatización por ese poder de un ejecutivo fuerte.

Dicho sencillamente, todo el entramado político jurídico está bajo el paragua de esta relación o correlación de poderes que, los coloca en una relación de subalternidad política frente al ejecutivo. Esto es una realidad irrefutable.

El excesivo presidencialismo anula la vida en democracia y más grave, relativiza la eficacia del estado de derecho.

Seamos francos, el poder judicial y legislativo, actúan con cuotas de poder limitados.   En un régimen extremadamente presidencial, la lógica institucional del resto del estado opera con cautela y temor reverencial.

Se la pongo sencilla, observamos al presidente de la asamblea, denunciar, como el ejecutivo había congelado el pago de la planilla por razones electorales.

No es nueva, ese tipo de presión del ejecutivo por parte del presidente. Ha ocurrido en el pasado.

Hacen años escuché a un exmagistrado, decir que como le van a decir a un magistrado en ejercicio que no le agarre el teléfono a un presidente, si fue nombrado por el mandatario.

En síntesis, el excesivo presidencialismo ahoga la democracia y el estado de derecho

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