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A Fortalecer La Familia

Por: Geraldine Emiliani

Psicóloga Clínica y Psicoterapeuta Familiar

Especial para el Periódico de Panamá.com

 

Sin el afán de causar polémica con ningún grupo de ciudadanos de este país, me complace la noticia de hoy 1 de marzo de 2023 del Pleno de la Corte Suprema de Justicia en la que declara: “QUE NO SON INCONTITUCIONALES LOS SIGUIENTES ARTICULOS DEL CODIGO DE LA FAMILIA:

1.- La frase “entre un hombre y una mujer”, contenida en el artículo 26 del Código de la Familia de la República de Panamá, ni la expresión “las personas de ese mismo sexo”, incluida también del Código de la Familia de la República de Panamá, en un fallo del 16 de febrero de 2023.

2.- La Corte Suprema de Justicia también declara que no es inconstitucional el texto: “Se prohíbe el matrimonio entre individuos del mismo sexo” del artículo 35 de la Ley n.° 7 de octubre de 2015, que subroga la Ley n.° 7 de 8 de mayo de 2014, que adopta el Código de Derecho Internacional Privado de la República de Panamá.

Debemos tener presente que hemos nacido de la relación sexual entre un hombre y una mujer. De una relación que bien pudo ser realizada con el sentimiento más profundo de amor; o, de una relación condicionada o apegada a las pasiones más aberrantes. En la forma en que lo veamos, no se puede negar la existencia del ser humano a través del hombre y la mujer. De otra manera sería negar la existencia de la humanidad, sería negar la existencia de las futuras generaciones y, sin generaciones, no hay familia, no hay nación, no hay Patria.

La unión del hombre y la mujer en matrimonio es un compromiso personal y de elección libre que asegura a cada uno estabilidad en garantía de dicha y equilibrio al bien de la pareja y educación de su descendencia. El vínculo familiar surge de las relaciones humanas conectadas entre sí, que expresan la verdad e identidad de cada uno de nosotros. De esta forma es que se construye el modelo originario de familia que aunque ha permanecido en las distintas épocas y culturas con diversos modelos sociológicos, permite la realización plena del hombre y su misión humanizadora en el mundo.

Señores, habló alto y claro la CSJ en este momento. Los grupos que se oponen a la decisión tomada hoy en el Pleno de la CSJ deben reestructurar su aspiración a contraer matrimonio entre sí con personas de su mismo sexo.  Hay que entender que lo primordial es el fortalecimiento de la familia.

La calidad de las familias condiciona la calidad moral de quienes forman un país. Por eso, es urgente adoptar políticas familiares que constituyan la manera ética y transparente de resolver las crisis de las sociedades y de garantizar la democracia. La promoción y la ayuda de la familia en el seno de la sociedad ayudan grandemente a mejorar y de asegurar el progreso del desarrollo social.

“La magistrada María Eugenia López Arias en su ponencia ante el Pleno concluyó que “las normas que disponen que el matrimonio debe concertarse voluntariamente entre un hombre y una mujer, legalmente capaces para unirse, y hacer, y compartir una vida en común, y las que de manera concomitante prohíben que contraigan matrimonio entre sí personas del mismo sexo (artículo 34, numeral 1 del Código de la Familia y 35 del Código de Derecho Internacional Privado), están objetiva y razonablemente justificadas en el interés general de dar prevalencia a aquellas uniones con el potencial de instaurar familias, dar continuidad a la especie humana y, por ende, a la sociedad”.

Mientras hay quienes apoyan a las familias, también los hay quienes quieren verla destruida. No podemos callar ante las mentes retorcidas que sólo perviven en encontrar la manera de degradar el matrimonio y la familia. Existe un silencio cobarde que nace del miedo a las consecuencias, del temor a comprometerse y que dejan a un lado situaciones que debieron ser resueltas en su momento. Para eso estamos los que creemos en la unión de dos seres -hombre y mujer- en matrimonio eclesiástico o civil, los que creemos en la familia aunque sea producto de una unión libre, o de niños y niñas que crecen bajo la tutela de padres solteros o madres solteras, o de algún otro familiar que los abrace con amor y tolerancia.

“En el fallo se indica que hay una realidad, y es que, hasta ahora, el derecho al matrimonio igualitario no pasa de ser una aspiración que, aunque legítima para los grupos implicados, no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental, siendo que carece de un reconocimiento convencional y constitucional. Agrega que, algo que debe quedar claro, es que la Corte Suprema de Justicia, como guardiana e intérprete de la Constitución Nacional, no tiene facultad para decretar o proclamar derechos fundamentales que no estén positivizados e incidir en la eficacia y vigencia del contenido normativo del texto constitucional, por más cambios que se sucedan en la realidad, aun cuando estos tengan la entidad suficiente para producir una mutación constitucional”.

La familia si funciona y nada ni nadie la destruirá. Sigue existiendo. Y se compone de un hombre y una mujer  que es el papá y la mamá  con sus hijos. Hay quienes la quieren extinguir transformándola por capricho en algo inexistente para defender su línea sexual. Pues se equivocan. A pesar de las separaciones, divorcios, las diferencias de edades y de opiniones entre hermanos, de las exigencias de los hijos y otras situaciones que bombardean a la familia, ésta tiene potencial para el afecto, identidad y sentido de pertenencia.

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