¿Fundamento legal de esta medida? El tema laboral administrativo, es materia de ley. No medida como esa, no puede ser objeto de resolución ministerial ni decreto ejecutivo. Me pregunto, si han consultado al Licdo. Rigoberto González, Procurador de la administración.
No se puede seguir ensayando una serie de arbitrariedades que confrontan abiertamente el presunto Estado de Derecho que nos garantiza la Constitución Política y la Ley.
Y no es que estemos apoyando la vulneración de medidas de salubridad, sino que éstas deben establecerse conforme lo prescribe nuestro orden jurídico interno y no por el capricho de cualquier funcionario.
¡Así de sencilla es la cosa!
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