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No al contrato minero, si a la participación ciudadana

Lizabeta S. de Rodríguez

 

La actual crisis institucional es el resultado de la intransigencia de un gobierno que ha demostrado dar poca importancia al clamor nacional.

El contrato de minería se originó con la firma de una concesión entre el Estado y el ciudadano panameño Richard Pfeiffer, durante la administración  Pérez Balladares, en 1997, para exploración.

Al vender Pfeiffer la concesión, a otra empresa y esta a su vez a First Quantum, quien cuenta dentro de sus accionistas a gobiernos extranjeros (China y Corea, entre otros). Esta concesión convierte el contrato automáticamente en inconstitucional, de conformidad a nuestra Carta Magna.

La demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 9 de 1997, fue interpuesta por el doctor Juan Ramón Sevillano, en 1998. Dicha Ley fue declarada inconstitucional, mediante un fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Recordemos que la suerte del accesorio (el contrato), corre la suerte del principal (La Ley 9 declarada inconstitucional).

A pesar de lo expuesto, la administración Varela hizo caso omiso del fallo emitido por la CSJ y  en 2016 en un “madrugonazo” navideño  extiende la concesión entre el Estado Panameño y Minera Panamá, S.A. por 20 años más, de  forma unilateral e inconsulta.

Ahora, la administración Cortizo, también ignora el fallo de inconstitucionalidad emitido por la CSJ a la Ley 9 que originó el contrato de concesión de 1997, situación que da pie a la firma del nuevo contrato de concesión entre el Estado Panameño y Minera Panamá S.A., sin importarle que el mismo transgrede nuestra norma constitucional. Titulo 10, artículo 290 que sentencia:

«Ningún gobierno extranjero ni entidad o institución oficial o semioficial extranjera podrá adquirir el dominio sobre ninguna parte del territorio nacional, salvo cuando se trate de las sedes de embajadas de conformidad  con lo que disponga la Ley.»

En conocimiento del contenido de nuestra Carta Magna y el rechazo popular, expresado por la población en una consulta burlesca (no vinculante) y protestas a nivel nacional, la Asamblea Nacional de Diputados, el 20 de octubre del año en curso aprobó mediante, artimañas, el nuevo contrato de concesión entre el Estado panameño y Minera Panamá, S.A.

El mismo fue sancionado por el ejecutivo al instante, así como promulgado en la Gaceta Oficial en tiempo récord (unas horas), situación que genera suspicacia en la población.

Todas estas acciones, de agravio, imposición y sometimiento a la población, son las que han llevado a gremios, sindicatos y ciudadanía en general a volcarse a las calles, en manifestaciones, protestas y paros, clamando su derecho a ser escuchados, exigiendo respeto y se cumpla la voluntad del soberano, con la derogación de lo actuado.

La población en las calles viene expresando claramente su rechazo al recién firmado contrato de concesión a la minera, promovida por el gobierno Cortizo y miembros dirigentes del PRD, ya que le entrega bienes minerales, hídricos y ambientales, entre otros, pertenecientes a la Nación.

Al parecer no les importa, ni les interesa, los perjuicios de contaminación que pueda ocasionar a la calidad de vida de la población.

Basta ya a la falta de consideración y juega vivo de gobernantes que llegan cada 5 años a los cargos públicos y curules para servirse del pueblo y no para servir al pueblo.

No es enfrentando a la policía contra el pueblo como el gobierno solucionará el conflicto que el Ejecutivo y Legislativo crearon con la aprobación y sanción de un contrato lesivo a los intereses nacionales.

La salida honrosa es reparar el perjuicio ocasionado, mediante la invalidación del contrato, permitiendo una verdadera participación ciudadana democrática, en el devenir de la patria. Solo así se logrará la paz social.

La población exige al presidente Cotizó como, presuntamente primer obrero de este país (como se autodenominó), cumpla con el mandato constitucional y revoque ese contrato leonino por ilegal e inconstitucional, recordándole sus palabras: “Nadie está por encima de la ley”.

Igualmente, la Corte Suprema de Justicia tiene la obligación legal de manifestarse, en el menor tiempo posible y determinar la legalidad o inconstitucionalidad de ese contrato minero.

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