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Inexplicable la actuación del Tribunal Electoral en caso de Rómulo Roux.

El Tribunal Electoral Que Estuvo Al Frente De Las Pasadas Elecciones, Tiene Que Responder Y Aclarar Como El Abogado Rómulo Pudo Correr Como Candidato A La Presidencia.

Demanda de ilegalidad contra la directora del registro civil, incoada por el Dr. Teófanes López, coloca a la directora del registro civil, en una situación que cursa hacia la comisión de un delito. No tenía competencia para restituirle los derechos ciudadanos al panameño Rómulo Roux. El los perdió cuando adquirió la nacionalidad estadounidense.

Por Ramiro Guerra.            Abogado y cientista político.       

Como suele decirse, clavo pasado. Hoy el tribunal electoral está en capacidad de rectificar, a menos que el abogado Rómulo Roux, acredite la certificación de la asamblea nacional, en la que,  se diga, Vía resolución del Pleno de la Asamblea, en virtud del artículo 61 constitucional numeral 10, que a él, le restituyeron sus derechos ciudadanos.

En aras de la salud del proceso electoral, el tribunal electoral, puede de oficio solicitar a la asamblea esa certificación. Voy más lejos, puede anular la decisión adoptada por la directora del  registro civil. Si lo hiciere, se daría sustracción de materia en la Corte Suprema y se archivaría la demanda del jurista Teófanes López.

En el pasado, al Dr. Arnulfo Arias, la asamblea le suspendió sus derechos ciudadanos y fue la misma asamblea, en la administración de Roberto Chiari, que le restableció sus derechos ciudadanos. El artículo 161, es claro, el restablecimiento de derechos ciudadanos, es competencia privativa de la asamblea nacional.

Como decimos en Panamá, la bola pica y se extiende.

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