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Exorcizando Lo De Chiquita

(en estima por el aniversario 48 de los
Tratados Torrijos-Carter que sí se
firmaron con dignidad)

 


Lic. Víctor Collado S.

Dejando en punto suspensivo la satanización del gobierno contra el Sitraibana y su dirigencia, veamos que hay entre manos en el negociado retorno de las actividades de Chiquita Panamá, LLC en Bocas del Toro.
El oficialismo se ha refugiado en las noticias, sin aportar detalles sobre lo que se firmó y que son necesarios para la evaluación correspondiente.
Hagamos un repaso de los reportes pero prevenidos que éstos, sin sujetarnos a la textualidad de las crónicas, no lo dicen todo aunque insinúan más de lo que publican.
El mismo dia que salió en Gaceta la Resolución de Gabinete 85 de 28/8 autorizando al Mtro. del Mici para liderar las coordinaciones con la empresa Chiquita Pmá LLC a fin de «facilitar y asegurar…la reanudación de sus actividades» en Bocas, el sr. Moltó declaró en La Estrella que el Sitraibana era el culpable que se hubieran perdido 6.500 empleos y que la empresa había acumulado pérdidas (en 4 semanas de huelga) por 75 millones de dólares al no haber exportado 2.7 millones de cajas de banano hacia Europa. Y confesó que el gobierno le estaría ofreciendo a Chiquita «seguridad y transparencia, en un clima seguro de trabajo» traducido en estabilidad, seguridad jurídica, orden público y el libro tránsito para movilizar la mercancía.
Dos (2) días y desde Brasil, se anunció la firma de un Memorando de Entendimiento entre Chiquita y el gobierno con ocasión de una visita oficial del sr. Mulino en aquel país.
Según ese acuerdo, cuya existencia se mantiene oculto, la empresa estará operando a inicios de febrero de 2026 con una contratación de 3,000 trabajadores en la primera etapa de recuperación, y 2,000 adicionales en la segunda etapa. Se ha agregado que la reorganización del sector bananero supondrá la intervención de terceros operando asociaciones agrícolas bajo la responsabilidad y supervisión de Chiquita. La empresa asumiría una inversión de 30 millones de dólares para reactivar la producción de 5,000 hectáreas.
Los grupos empresariales, con su lenguaje sibilino, no tardaron nada para aplaudir el nuevo modelo para la actividad bananera.
Para darle texto y contexto al acuerdo anónimo, la jefa del Mitradel aseguró, el 2/9, que el reinicio de la operación laboral se hará directamente con los trabajadores, sin la participación del Sindicato. Y para espanto, sentenció que Sitraibana dejó de existir y que la empresa no estaba obligada a contratar a la dirigencia sindical. Advirtió, además, que los componentes de las nuevas relaciones de trabajo serán establecidos en una mesa de «diálogo» entre el gobierno y la empresa, es decir, de lanzador a receptor, o su equivalente de fidanque a toledano.
De las referencias rescatadas, saltan temas para abordar tan pronto el gobierno decida develar el secreto de aquel Memorando de Entendimiento:
1. Aun si Chiquita desapareciera (que no es el caso), el Sitraibana por ser un Sindicato industrial, su vigencia no depende que una empresa exista o no. La disolución de un sindicato se decide en la jurisdicción laboral (art. 393) o por sus miembros reunidos en Asamblea General (art. 396).
2. La afiliación de trabajadores y de los directivos de un sindicato terminan de la forma y modo que se disponga en su Estatuto (art. 359). Ambos temas no dependen de lo que declare un funcionario.
3. Las empresas agrícolas están previstas en el art. 3 del C.T.. Y si estás ejecutan trabajos de manera exclusiva o principal para el beneficio de otra, está última será el empleador pero ambas responderán en solidaridad frente a cualquier reclamo de los trabajadores, de acuerdo al art. 90 del C. T.
4. Sitraibana tiene una Convención Colectiva vigente con Chiquita hasta el 2028. Y lo que pueda ocurrir con la empresa, de ser disuelta, transformada o sustituida por otra empresa, eso no debe ni tiene que afectar los compromisos pactados, según el art. 415 de la legislación laboral actual.
5. Si el gobierno se empecina en desconocer la existencia de las organizaciones sociales por ser respondonas, ignora que la constitución de Sindicatos es de orden público y medio eficaz para contribuir al crecimiento y desarrollo económico y la democracia panameña (art. 334). Y el Mitradel está en la obligación de fomentar la formación de Sindicatos y promover la afiliación de los obreros a esas organizaciones en absoluta libertad (art. 379).
Con todo y lo que digan las leyes, nunca se olvide que tenemos un gobierno con mañas y lenguaraz dispuesto para hacer cosas a trocha y mocha como ya lo demostró en su primer año de gestión.

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