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El caso de la Potabilizadora de Chilibre.|


Por: José Dídimo Escobar Samaniego

Después de más de 20 años de un mal servicio que, ha encubierto un gran atraco y le ha costado 465 millones de dólares al Estado panameño, es decir a todos nosotros, a la Administración del IDAAN le ha parecido bien, desde hace un poco más de un año, lograr el reconocimiento de la figura del “Gran Cliente”, con la cual según dicen, la institución generaría un ahorro de entre 7 y 8 millones anuales reconociendo con ese hecho que, ENSA ha cobrado un excedente por el servicio de suministro eléctrico durante más de 23 años continuos, por una suma cerca a los 500 millones de dólares, que representa el valor de la apropiación ilegal de esa empresa, al haber actuado de mala fe frente al Estado y sin contar con la sumatoria del dinero que ha tenido que disponer el Estado, es decir el IDAAN, para comprar bombas  e instalarlas, y que se han dañado por el pésimo servicio negligente que presta ENSA y que afecta a cada rato a los ciudadanos de la capital de la república que deben vivir como gorgojos. Tan solo este fin de semana que acaba de pasar, el servicio de agua fue suspendido en una gran parte de la ciudad capital, por la reincidencia infinita del mal servicio eléctrico.

En razón de lo que ordena nuestra Constitución Política, nuestro deber como Estado no es lograr con nuestro verdugo, un arreglo para un mejor trato que debió haberse realizado desde el principio, porque esa norma existía y fue deliberadamente ignorada, causándole un grave perjuicio al país, sino seguir el hilo de nuestras normas constitucionales que dicen claramente lo siguiente:

“ARTICULO 49. El Estado reconoce y garantiza el derecho de toda persona a obtener bienes y servicios de calidad, información veraz, clara y suficiente sobre las características y el contenido de los bienes y servicios que adquiere; así como a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno. La Ley establecerá los mecanismos necesarios para garantizar esos derechos, su educación y los procedimientos de defensa del consumidor y usuarioel resarcimiento de los daños ocasionados y las sanciones correspondientes por la trasgresión de estos derechos”.

“ARTICULO 50. Cuando de la aplicación de una Ley expedida por motivos de utilidad pública o de interés social, resultaren en conflicto los derechos de particulares con la necesidad reconocida por la misma Ley, el interés privado deberá ceder al interés público o social.”

Como puede observarse, históricamente el servicio que ENSA ha prestado al Estado y concretamente al IDAAN, ha sido supremamente deficiente y por tanto el Estado tiene derecho a ser resarcido por el daño causado, proveniente del mal servicio y de los sobreprecios conque esta empresa nos ha facturado, durante más de 23 años y ellos mismos lo reconocieron hace más de un año, con este acuerdo que, no logra resolver el problema. El artículo 49 constitucional en su parte final también establece la necesidad de sancionar a dicha empresa, por el daño causado a la res pública, y en modo alguno, el actual acuerdo se compadece con la disposición constitucional, pues en el fondo los estamos premiando a pesar de su propia confesión del delito cometido. Ello equivaldría a que los delincuentes, en vez de apresarlos, los enviemos al MEF, a recoger un cheque por su hazaña y por 23 años hemos sido el principal cliente a quienes ellos facturan, y solo hace un año cambiaron la forma de facturar, por lo cual nos han impuesto una facturación altamente onerosa e injusta.

Panamá respeta la propiedad privada, pero ante este conflicto, donde los privados le han atracado al Estado, que somos todos, queda claro que nuestra norma constitucional protege al interés de todos por encima del interés particular. La empresa moralmente se ha comportado como un hurtador, que en la nocturnidad acumuló bienes pertenecientes a todos, sin que tuviera derecho, porque la Ley es clara desde el principio en que se desmanteló el IRHE por los que le hicieron un grave daño a todos los ciudadanos.

En todo este berenjenal, la ASEP, su silencio ha sido cómplice perverso de una manera pérfida e igualmente criminal, por más de 23 años, de modo que, la ciudadanía y los clientes de esas empresas, están sometidos a una condición de absoluto desamparo y orfandad, que deja mucho que decir, de un Estado de Derecho como intentamos presumir los panameños.

La solución definitiva a este problema, está, sin rodeos, en obligar a la empresa a devolver los más de 300 millones que cobró sin tener derecho. Sancionarla de forma que, en función del interés general y por la falta de lealtad de la empresa, resolver el contrato con ENSA. Tramitar con la Autoridad del Canal, la compra directa de energía a precio de costo, desde la hidroeléctrica de Alajuela, localizada a solo 300 metros de toma de agua, donde se ubican las bombas succionadoras en el lago Alajuela, y a un kilómetro de la planta potabilizadora de Chilibre, lo que le ahorraría al IDAAN anualmente cerca de 18 millones de dólares, sin contar con que, como ese servicio tiene la suficiente tensión y potencia para evitar los graves daños que se causen aún cada vez que ENSA interrumpe abruptamente el servicio. La otra alternativa es que el IDAAN, compre y despliegue en esa zona, una planta de energía solar, eólica y una planta térmica por cualquier emergencia a efectos de justipreciar y preservar los bienes que son comunes a todos los panameños, por encima del interés particular de cuatro bellacos. Esta sería la mejor alternativa en el largo plazo y el fin estratégico salubrista de garantizar a la ciudad de Panamá, agua potable las 24 horas, todos los días, misión que debe encarar y cumplir el actual gobierno.

¡Así de sencilla es la cosa!

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