Por: Ramiro Guerra. Jurista, escritor y cientista político.
Una cosa es que un juzgado de trabajo, declare ilegal una huelga y ordene a los trabajadores que retornen a sus labores y otra cosa que, la empresa decida cancelar sus operaciones de producción y comercialización de la fruta (banano).
Esta última no puede dejar de operar de hecho.
El artículo 213, acápite C, señala las causales económicas, que pueden inducir a una empresa, a reducción de sus operaciones por variadas causas y también, la suspensión definitiva, por quiebra o problemas de disminución grave de mercado e incosteabilidad de las operaciones de producción, con todo lo que ello implica.
Como jurista y estudioso del derecho al trabajo, con experiencia de décadas en el ejercicio de esta rama del derecho, me he estado preguntando, si ese cese definitivo de las labores de la empresa, fue autorizado por el ministerio de trabajo y desarrollo laboral.
La norma arriba citada, ordena al ministerio de trabajo, evaluar exhaustivamente si, en efecto la empresa no puede continuar operando. Ese es el procedimiento y la pregunta ese estudio y análisis lo hizo el ministerio. Tengo mis dudas.
El ministerio de trabajo y desarrollo laboral, tenía hasta un mes, para determinar, si lo pedido por la empresa era viable o adoptar una salida menos drástica que ordenar el cese total.
Pregunto otra vez, existe la resolución del mitradel, donde ordena el cierre definitivo?
Tratándose de una medida tan drástica, somos del criterio, que el mitradel, la ministra, pudieron manejar de acuerdo con el 213, acápite C, la situación que no necesariamente fuera el cese definitivo de la empresa.
El mitradel tiene que aclarar este tema propio del campo de la justicia laboral.
O acaso hubo algún grado de complicidad, empresa – gobierno, para ordenar el cierre definitivo de operaciones de la empresa. ¿con que fines?
Resulta ahora que el gobierno busca llegar a acuerdo con la empresa para que retome a sus operaciones.
Algo raro se cocinó con este cierre. ¿eliminar el sindicato y la convención colectiva? Todo esto me parece extraño.
En este marco, la ministra de trabajo, endosa al sindicato la responsabilidad del cese de operaciones de la empresa y su dirigente Francisco Smith.
Acaso mas irresponsable fue el mitradel, que pudo evitar que la empresa cesara. La reacción del gobierno llega tarde. Lo coloca en desventaja en una negociación con la empresa para su retorno.
¿En que condiciones, se llegará a un acuerdo? La constitución obliga al gobierno, defender lo nacional y las leyes de Panamá.
Hay que estar atento al acuerdo a que se llegue y en que condiciones.