La independencia de los jueces, su imparcialidad e impartialidad está en entredicho cuando los jueces no tienen estabilidad y el ejecutivo manipula políticamente los procesos
Los delitos de poca monta, son condenados, pero los de corrupción son condonados
Ramiro Guerra. Jurista, Escritor Y Cientista Político.
El código procesal penal, en su parte introductoria, establece un catálogo de principios, que sirve de brújula al sistema penal acusatorio garantista.
Tengo para mi, que los operadores y los que deciden el derecho penal, juzgadores y funcionarios de instrucción, al dictar alguna resolución que atañe a su competencia, lo menos que les importa, es tener como referencia ese catálogo de principio.
Seguí de cerca la audiencia de garantías que se le hizo al dirigente sindical Caballero por blanqueo de capitales. Elementos que den cuenta de ese tipo penal o del denominado delito precedente, solamente en la mente del funcionario de instrucción y de la juez de garantías, que resolvió decretar detención provisional.
Lo anterior es lo que denomino, LA JUSTICIA APRIORÍSTICA- SUBJETIVA AD HOMINE.
EN NUESTRO TIEMPO, LAS GARANTÍAS Y DERECHOS FUNDAMENTALES ELEVADOS A LA CATEGORIA DE DELITOS o politización de la justicia.
La relación Favor Libertatis y medidas de arraigo, estas últimas en desmedro de la primera.
Dialogando sobre el tema, con uno de los codificadores y doctrinantes de Panamá, me decía que los operadores de la norma procesal y penal, han distorsionado todo lo relativo a un garantismo penal y sobre todo cuando estamos frente al tipo penal de blanqueo de capital. Lo han convertido en una herramienta para la persecución política.
También nos llama la atención que cuando se trata de medidas cautelares, el imputado, siempre se le tiene como peligroso y que puede darse a la fuga.
¡Por DIOS!, un hombre como Caballero, toda su vida, ha vivido en Chiriquí, allí ha construido su familia etc…, pero la juez ve el fantasma de fuga para evitar el proceso. Para la juez, un trabajador no puede tener ahorros, porque sugiere dinero mal habido, aunque ello, de constituir delito, sería un tipo penal distinto del que le atribuye a fiscalía, por lo cual existe una clara incoherencia. (Para que seguir). A la reja, según la juez.
El día, que con ese dinamismo y diligencia con que actuó el funcionario fiscal y la juez de garantías, enfrentaran a los verdaderos delincuentes, entonces veremos caer a muchos corruptos que hoy por el contrario, se burlan de toda la sociedad.
Somos del criterio, que el no proceso, la interpretación subjetiva, apriorística, en nuestro medio han hecho del garantismo añicos y peor el principio del favor libertatis, un cuento de camino o sencillamente una maldad de un sistema inocuo y perverso.