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El Contralor General de la República, transgrede deliberadamente, el orden constitucional.

En una noticia aparecida en un diario local, firmada por el periodista Wilfredo Jordán, se da cuenta de que el Contralor General de la República en una reunión de la Junta Directiva de la Autoridad Marítima de Panamá, sobre la extensión del contrato Ley de concesión expresó: “Al venderle el Estado a la empresa el 10%, la empresa queda en igualdad de condiciones, en paridad con el resto de las empresas portuarias, y nosotros tenemos esa plata, ese valor de 25 años lo traemos a valor presente y se puede invertir ahora en beneficio del pueblo panameño, ese dinero…”, dijo Solís.

El Contralor General de la República está impedido por norma constitucional, hacer políticas públicas. Esta es una función del Consejo de Gabinete, artículo 200 numerales 3 y 7 de la Constitución.

El acto de proponer la venta de las acciones del Estado en PPC, tal como aparece en información del diario la Prensa del día ayer, es arbitrario, va más allá de sus funciones constitucionales. Artículo 280 constitucional, que entre otras es realizar los controles previos o posteriores, los actos de manejo de los fondos públicos, llevar las cuentas nacionales, hacer efectivos los créditos públicos y otras similares.

Proponer vender las acciones del Estado en los puertos, ahora uno en específico, violenta flagrantemente el artículo 258 numeral 1 constitucional, que estipula:

«Pertenecen al Estado y son de uso público, no pueden ser objeto de apropiación privada……los puertos y esteros». La propuesta del Contralor y de concretarse y si antes se ha practicado, es una sesión abierta de la titularidad estatal sobre bienes de uso público e intransferibles. Su propuesta debió centrarse en solicitar la anulación de lo inconstitucional, más no proponer reiteración de lo irregular.

Pero como aquí, violar la Constitución Política, es un hecho intrascendente, y pareciera que dejó de ser delito, se tiene la certeza que no pasará nada y vamos en expreso hacia la ingobernabilidad, producida por la corrupción y la impunidad, especialmente de altos funcionarios que, obligados a respetarla, no obstante, no se someten al orden constitucional y se burlan de nuestro orden jurídico.

¡Así de sencilla es la cosa!

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