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Panamá en Riesgo: El Marco Legal Ignorado que Protege a la Papa y la Cebolla Nacional

Por: Arturo Garrido Alexandrópulos
El Reportero del Agro – 15 de abril de 2025

En el corazón agrícola de la República de Panamá, la Asociación de la Comunidad Productora de Tierras Altas (ACPTA) ha emitido una voz de alerta, respaldada por un sólido compendio jurídico que expone —con base en leyes nacionales, tratados internacionales y fallos interpretativos— las garantías legales que protegen los rubros sensitivos de la economía nacional: entre ellos, la papa y la cebolla.

El documento —que hoy se entrega a la opinión pública, instituciones gubernamentales, gremios agropecuarios y medios de comunicación— confirma que ni la papa ni la cebolla están sujetas a desgravación arancelaria automática según el Tratado de Promoción Comercial (TPC) entre Panamá y Estados Unidos, ni por el tratado con Canadá. Por el contrario, su importación está sujeta a contingentes arancelarios administrados mediante licencias no automáticas, mecanismos de salvaguardia especial y rigurosos requisitos fitosanitarios.

¿Qué significa esto para el país? Que toda importación de cebolla o papa sin licencia, aún pagando el arancel total, es ilegal. No lo dice solo ACPTA. Lo dice la Ley 26 de 2001, la Ley 47 de 2017, la Resolución 02-05 de 2005, el artículo 147 de la Ley 23 de 1997 y múltiples pronunciamientos de la Procuraduría de la Administración.

El compendio expone con claridad que los llamados “contingentes por desabastecimiento” no son un cheque en blanco para importadores. Solo pueden autorizarse previa recomendación de las Cadenas Agroalimentarias y con aval del Consejo de Gabinete, respetando los períodos de cosecha definidos por el Instituto de Seguro Agropecuario. Además, impone condiciones de reciprocidad: el importador debe haber adquirido producto nacional equivalente.

La papa y la cebolla no solo son productos, son pilares de la economía de Tierras Altas. De ahí que su protección no sea caprichosa, sino una obligación jurídica que Panamá ha suscrito internacionalmente y ha incorporado en su legislación nacional.

ACPTA recalca que permitir el ingreso de cebolla holandesa contaminada, sin consulta ni licencia, no solo vulnera la ley, sino que representa una amenaza a la soberanía alimentaria, al patrimonio fitosanitario nacional y a la viabilidad económica de cientos de familias agricultoras.

La organización hace un llamado a la ciudadanía, medios de comunicación y autoridades para que se consulte y difunda este compendio jurídico. En un país que enfrenta presiones de grupos importadores y funcionarios que desconocen o violan el marco legal, es hora de restablecer el orden, la legalidad y la justicia para el agro panameño.

Documento ACPTA – Compacto OCR

 

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