Últimas Noticias...

Municipio, Estado fallido y corrupción

Juan Jované

 

Un Estado que tiene una notable incapacidad de defender los derechos humanos de su población muestra de manera obvia una característica de Estado fallido. Siendo el municipio una órgano del Estado (Artículo 233 de la constitución), resulta que el mismo también está fallido cuando decide no proteger los derechos de los ciudadanos.

Este, a nuestro juicio, es el caso del Municipio de Panamá. Para ilustrar esta afirmación nos podemos apoyar en una circunstancia que personalmente vivimos. En nuestra barriada, que inicialmente fue una de carácter familiar, han venido construyendo edificios de apartamentos. Estas construcciones, pese a que ahora probablemente gracias al poder de los capitales de la construcción son “legales”, deberían estar sujetas a la Ley y el Municipio de Panamá estar presto a proteger a la población.

En este caso, el nuevo edificio no solo ha violado la Acuerdo 281 del Consejo Municipal del 6 de diciembre de 2016 en relación a las condiciones de la acera,  , sino que además existen dos expedientes adicionales que llevaron a la paralización de la obra. En diciembre de este año, la Alcaldía decide favorecer al constructor permitiéndole que en un edificio nuevo se aplique un Acuerdo que data de fecha muy anterior. Lo peor del caso es que la vieja acera fue evidentemente fue alterada por la construcción, de manera que constituye un verdadero peligro para los peatones, quienes tienen que caminar por la calle a fin de evitar un accidente.

Frente a esto se interpone una apelación ante la Gobernación de Panamá, al profesional del derecho que la realiza, se le afirma que existen otros dos expedientes que deben detener la construcción, de manera que se está dando un desacato por parte de los constructores, por lo cual se está preparando una inspección.

Después de casi dos semanas de puesta la denuncia y al no darse ninguna inspección se decide ir al Municipio de Panamá a preguntar al encargado de la inspecciones cuando se daría la misma. Sorprendentemente la solicitud es desviada al departamento legal, a nuestro criterio, se ofrecen respuesta que muestran que el Municipio de Panamá no tiene la disposición de defender los derechos humanos de los ciudadanos frente al poder de los urbanizadores.

En primer lugar, el Municipio tiene el que criterio la población que realizó la denuncia no es parte del proceso, por lo que no tiene absolutamente ningún derecho a realizar una apelación, dado que el único agraviado es la municipalidad. Lo cierto es que el peligro de caminar por una acera inadecuada es de la población, ya que es ésta la que arriesga su derecho humano a la salud y a la integridad física . Más, aún, pese a la apelación realizada en tiempo y forma, el Municipio de Panamá señaló que daba por ejecutoriada su decisión. Resulta, entonces, que el mismo, al contario de lo que dice la Constitución, ya no puede considerarse como un órgano del Estado destinado a defender los derechos humanos de la población.

Frente a los otros expedientes que deben paralizar la obra bajo análisis, la respuesta del departamento legal del Municipio fue peor aún. Simplemente se afirmó que como los encargados de los asuntos legales de los constructores no se habían notificado, el Municipio de Panamá no podía hacer nada. Ni siquiera mencionaron la posibilidad de una orden de conducción. No es difícil darse cuenta que en la práctica estamos frente a un manejo perverso de la institución que permite la impunidad.

A final de cuenta nos encontramos frente a un elevado nivel de falta de transparencia: ¿incapacidad o corrupción?

6 Hay varios Likes:) Gracias...

Califica el Post...

User Rating: 3.65 ( 2 votes)
Compartir

Sobre El Periódico

El Periódico de Panamá. Revista de Análisis, Político, Económico, Social y Cultural.

Ver Artículo

En dónde estamos y hacia dónde vamos.

Por: José Dídimo Escobar Samaniego   Tenía razón Manuel Antonio Noriega, cuando expresó que, el …

Deja una respuesta